Resumen y Análisis de Los Cambios en Inmigración Noviembre 2014

Inmigracion Noviembre 2014, Abogado de Inmigración en ChicagoOfrecer Acción Diferida para Mas Jóvenes Entrantes y para Padres de Residentes o Ciudadanos

  • Padres de residentes legales o ciudadanos (hijos existentes en 11/20/14) quienes estuvieron presentes en EEUU desde Enero 1, 2010 (y presentes en 11/20/14) y quienes no son prioridades para deportar* recibirán acción diferida (pausa en no ser deportable) y así serán elegibles para solicitar un permiso de trabajo;
  • DACA para jóvenes expande a ofrecerse a todos los quienes entraron antes de sus 16 años de edad sin importar su edad actual;
  • Expandir el tiempo del permiso bajo DACA a tres años (eran dos);
  • Cambiar la fecha de entrada a EEUU de Junio 15, 2007 a Enero 1, 2010;
  • Costara $465 incluso lo biométrico y el permiso de trabajo;
  • Para jóvenes dentro de 90 días aproximadamente se podrá aplicar, para padres dentro de 180 días.

Expandir el Programa de Perdones Provisionales

  • Ofrecer que también esposos e hijos de residentes permanentes tanto como los hijos adultos de ciudadanos poder manejar su perdón desde adentro de EEUU sin tener que viajar para tramitarlo;
  • Dar mas claridad sobre del definir lo que significa “daño extremo” al pariente residente o ciudadano como consecuencia de aplicarle el castigo de 3/10 años a su pareja;
  • Proveer criterio bajo cual se presumirá bajo la ley que si existen daños extremos.

Política de Arrestar, Detener y Remover a Inmigrantes Indocumentados

  • Prioridades para enfrentar deportación serán bajo distintos niveles de “prioridad”:
  • Prioridad Uno: (a) terrorismo; (b) entrantes al país sin permiso; (c) delitos de pandilla; (d) delitos de felonía; (e) delitos de felonía agravada bajo INA 101(a)(43);
  • Prioridad Dos: (a) tres misdemeanors excepto los de trafico o recibido por indocumentado; (b) misdemeanors significativos como violencia domestica, abuso sexual, robo, armas, vender droga, DUI, 90 días o mas de custodia; (c) entrantes y reentrantes al país quienes no estuvieron desde Enero 1, 2014; (d) abusadores de visas;
  • Prioridad Tres: los con orden de remoción dado después de Enero 1, 2014;
  • Raramente detener a los no sujetos a detención mandatorio;
  • Toma efecto Enero 5, 2015.

Riesgos del Programa

  • Como la mayoría de estos beneficios proceden por orden ejecutiva y no por acto del Congreso, podrían cambiarse al cambiar el presidente: o sea, no hay ninguna garantía de que no enfrentarías deportación después de Enero 20, 2017 cuando se cambia el mandatario y ya todos tus datos están en el sistema;
  • Habrán infinitos huecos en el proceso: oficiales negligentes, documentos que podrán ser vistos como fraudulentos, mínimo derecho al amparo por negaciones erróneas, cargos de perjurio o fraude, entre otros.

Consejos Esenciales

  • Solo hacer caso a un abogado licenciado por las cortes con un “doctorado jurídico” o un representante acreditado de la corte de inmigración. Acuérdate que los “notarios” no son nadie en EEUU para dar consejos legales, solo son gente sin requisito ninguno de nivel de estudio que nada mas tienen el sello para comprobar que su firma en un documento legal es verídico. Si existe cualquier sospecha sobre el tema, con confianza pida una copia de su credencial que debe ser otorgado de la corte suprema de un estado o territorio de EEUU o en el caso del representante acreditado que solo podrá trabajar para una agencia sin fines de lucro que sea de la corte de inmigración (EOIR);
  • Juntar los documentos que podrán averiguar su: (1) identidad; (2) relación de parentesco a residentes o ciudadanos; (3) estancia en el país para cinco años o mas;
  • Gente con delitos problemáticos por declararse culpable, averiguar con un abogado con conocimiento en ley migratoria y ley criminal si el juez te aconsejo sobre el posible impacto migratorio al declararse culpable, o/y si hay otro posible error en el proceso que podrá darse la oportunidad de reabrir el caso y poder cambiar su resultado y así el nivel de problema que sea para migración;
  • Personas con cualquier arresto anterior pedir a un abogado de migración el mandar checar sus huellas y analizar el resultado para asegurar que no existe orden de arresto ni delitos que podrán impedir tu posibilidad de arreglar un permiso bajo las nuevas pólizas;
  • Pedir a su abogado el interrogarte sobre posibles manchas en tu record como el uso de identidades falsas en temas financieras o en tramitar prestaciones gubernamentales como el desempleo o demás temas que podrán complicar tu tramite y ponerte en riesgo de negación o deportación—a veces una revisión de tu crédito podrá ser útil en revelar la existencia de alguna posible confusión con otra persona que también podría complicarte el tramite;
  • Pedir a su abogado aconsejarte sobre cuales documentos podrán servir en tu caso especifico para comprobar su elegibilidad y el revisar tu caso para dar una opinión legal sobre (1) si eres elegible para uno de estos programas (2) si el beneficio en tu caso es mejor que el riesgo al aplicar y (3) si hay otro camino mas seguro para lograr un estatus migratorio en EEUU que conviene mas que este proceso.

Para mas preguntas y para su consulta gratuita recuerda siempre estamos a sus ordenes en el 773-847-8982.

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