Ya por fin esta todo en orden para arreglar tu estatus migratorio! Has estado con tu esposa Ciudadana por años, tienen un hijo y quieres YA aplicar, como dicen que la reforma que viene puede ser un lio diez veces más complicado y ahora te arreglaras con un par de días no más en el extranjero ya habiendo sido aprobado tu perdón antes de salir. Bueno, ya te quieres mover, lo uuuunico que resta por averiguar es el DUI que tienes en tu record de hace varios años. Ni siquiera tomas ya pero uuuf! Ese arresto seguro que saldrá en tu record y que impacto tendrá?!?!?!
Pues cuando hablamos de delitos e inmigración o la ley de "crimigración" como le apodamos los abogados, si es un tema delicado, porque se ve que la reforma va complicar hasta más. Existen bajo la ley actual dos categorías de "delitos migratorios" lo cual son problemáticos para inmigración--(1) delitos de problema moral, y (2) felonías agravadas.
Los delitos de problema moral son cargos que hace que el Servicio de Inmigración de EEUU vea al solicitante como una persona en quien no se puede confiar, que es alguien que posiblemente abusara del sistema del País y quien es capaz de mentir para lograr cualquier cosa que le convenga al momento. En esta categoría típicamente se incluyen robo, documentos fraudulentos, tres DUIs, entre otros.
La otra categoría; "felonía agravada", es de truco porque no significa necesariamente que sea felonía en la corte criminal. Típicamente se incluyen cargos de armas, droga y violencia. Son delitos que hace que el Servicio de Migración de EEUU lo ve como una persona peligrosa a la seguridad interna y paz de los vecindarios del País. Acuérdate que las cortes de inmigración y las cortes federales al ver este tema hacen un análisis distinto a lo que hace la corte criminal al ver si es felonía o misdemeanor (cargo menor) porque en la corte criminal se trata de que si la posible sentencia es de un año o más, pero en la corte migratoria se está viendo mucho más, por ejemplo, que tal el cargo que tiene el fulano; es visto por los estatutos federales migratorios y los demás casos anteriores migratorios se clavaron en una u otra categoría de delitos migratorios.
Le duele ya su cabeza?!?!? Imagínate como nos sentimos nosotros después de 4 horas invertidas en revisar los casos, los estatutos, y el record de nuestro cliente!!! Por esto nunca hay sustituto por hacer la radiografía profunda del record y los casos anteriores en la base de datos a cual tenemos acceso los abogados para saber DE VERDAD y BIEN la postura del record de uno con migración--y esto, sin mencionar que diario salen docenas de nuevos casos de las cortes de apelaciones que son "precedente", o sea ya parte de la ley que algún oficial del Servicio de Migración tiene que revisar al decidir su caso.
Al ver que si tenemos un record problemático no termina todo: a veces al revisar más a fondo el caso criminal hubo errores en esa corte que daría bases para reabrir y hasta cambiarle a un resultado que tendría menor o a ninguna consecuencia con migración. También hay casos en donde perdones en migración hacen que un oficial puede aprobar a su residencia no obstante su record feo migratorio.
Lo que si hay que acordarse para no meter la pata es que un "expungement" (el borrar el record criminal, si sea posible) NO AYUDA CON MIGRACION porque siempre migración vera los arrestos y no habrá un record para checar en la corte criminal, lo cual crea un problema grande porque el oficial migratorio siempre tendrá una duda sobre el resultado criminal!!! Al menos que logro ya su ciudadanía; el consejo en 99% de estos casos es no hacer el expungement hasta hacerse ciudadano.
El último consejo es: YA es el momento de poner a su casa en orden, porque al que este la reforma migratoria encima o si tiene ya otro método de arreglar pues no quiere tener demás complicaciones encima al caminar adelante en su paseo de mejorar a su vida!!!!!