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El Derecho Del Pueblo
Columna de comentario social y asesoria legal por el abogado y maestro Matthew “Mateo” Katz. Limitación de Responsabilidad

The People’s Right
A column of social commentary and legal advice by attorney and teacher Matthew “Mateo” Katz. Disclaimer

Va el dicho así, “Si a Dios le quieres escuchar reír, cuéntale tus planes.” Así fue con el nacimiento de tu primer hijo – planeabas entrar a Estados Unidos para unirte con tu esposo antes de 1990 pero como fue despedido de su trabajo justo cuando te tenía que haber mandado el dinero para cruzar, pues no te fue posible. Así que tu esposo regresó a tu país y tuvieron a su primer hijo allí en vez de que naciera acá, donde el siguiente año lo trajeron y lo criaron y donde ha estado por sus últimos 20 años – ¡casi ni siquiera habla tu idioma, te escucha y te entiende pero sólo te contesta en inglés!

Qué gran culpa has sentido todos estos años por el hecho de que tu querido hijo no puede trabajar legalmente, no puede asistir a la universidad aunque todas sus notas en la secunda- ria fueron excelentes, no puede ni manejar un carro...que mal te has sentido sobre todo este tema, y cada día se siente peor porque tu querido jovenazo ya se hizo todo un hombre. Ya no aguantas tantas citas con abogado tras abogado quienes te dicen, unos amables y otros no, que no hay nada que puedan hacer por él.

¿Y después? ¡Un rayito del sol! ¡El día 15 de junio, el gobierno federal anuncia que va a proveer un remedio, un alivio para los jóvenes que cambiará a todo esto, que parece que te quitará toda esa miseria que traes dentro por este tema! ¡¿Puede ser?! ¡¿De verdad?! ¿¿¿Pero no que el congreso tiene que pasar una ley y el presidente no puede actuar así nada más??? ¡Pues vamos a ver!

La nueva póliza del gobierno federal proclamada la semana pasada, tiene sus fundamentos en un programa que ha existido por décadas, que se llama “deferred action” que podríamos traducir como “acción diferida.” Esto significa que el gobierno puede decidir contra quién va a aplicar la ley y contra quién no. O sea, aunque siga vigente la ley que dice que estos jóvenes no tienen derecho de ser residentes legales de EE.UU., al optar el gobierno federal por no aplicar la ley en contra de ellos, recibirán un permiso de trabajo y un estatus temporal, pueden sacar una licencia de conducir, y estar tranquilos por lo menos para lo inmediato.

La nueva póliza aplica para quienes están en proceso de deportación y también para los que no, quienes podrán solicitar la acción diferida mandando una solicitud al Servicio de In- migración para pedir su estatus temporal. Quienes son elegibles deben poder cumplir con los siguientes requisitos:

• Llegaron a EE.UU. antes de tener 16 años de edad;
• Estuvieron presentes en EE.UU. el 15 de junio, 2012 y también constantemente presentes en el país por lo menos 5 años antes de tal fecha;
• Están asistiendo a la escuela, consiguieron su diploma de la secundaria, consiguieron su GED, o salieron honradamente de un servicio militar en EE.UU.;
• No han sido condenados por delitos significativos de migración;
• No son mayores de 30 años de edad.

La Secretaría del Departamento de Seguridad de la Nación mandó a su inferior, que es el Servicio de Inmigración, a programar una solicitud y proceso definido para aplicar a favor del beneficio a más tardar para el mes de agosto.

En estos momentos tan duros para el tema migratorio, no hay que tomar en vano esta tre- menda oportunidad. No digo que nuestro despacho es el único experto en el tema migratorio del área, pero sí que no es el momento para ir con “notarios” que, acuérdese, significa aboga- do en Latinoamérica pero aquí un notario es otra cosa, es cualquier persona con un sello sólo para averiguar que la firma es de uno y no significa ningún tipo de educación ni entrenamiento. ¡Cuide su futuro y proteja su probabilidad de arreglarlo!

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