El Derecho Del Pueblo |
The People’s Right |
Estás muuuuy nerviosa porque, como ciudadana de los Estados Unidos, ahora puedes tramitar la residencia para tu queridísimo esposo, ¡pero vaya las historias que has escuchado! Tu sobrino esperó tres años en México antes de que aprobaran su perdón y le dieran la visa. Tu cuñado esperó 10 años en el extranjero, porque simplemente negaron su perdón, ¡y no quieres tomar ese riesgo nunca con tu pareja! Entonces, ¿¿¿qué es todo esto de que podrán hacer el perdón en los EE.UU.???
Bueno, en una junta que apenas se llevó a cabo el día 12 de agosto de 2012 entre los altos funcionarios del Consulado General de los EE.UU. en Ciudad Juárez, nos informaron que quedan casi 6,000 perdones I-601 para aprobar y nuevamente están corriendo un poco más despacio porque hay muchas aplicaciones que ya se están pasando al Servicio de Inmigración adentro de los EE.UU. para revisar y aprobar. Esto está pasando porque se supone que es un preliminar a la nueva póliza, en donde, ¡no tendrá que salir del país el solicitante del perdón para abogar esta solicitud!
Vamos a regresar a lo básico para entender bien. Quienes estuvieron de indocumentados en los EE.UU. más de un año, tienen un castigo de 10 años de estar en el extranjero antes de poder entrar de forma legal—ellos tienen que solicitar el perdón I-601 enseñando un daño inmenso a sus esposos y/o padres ciudadanos o residentes para poder borrar el castigo de los 10 años. Los que tienen deportación en su récord, tienen castigo de 5 años antes de poder regresar al país—ellos tienen que solicitar el perdón I-212 para borrar ese castigo.
Siempre ha sido la póliza de la autoridad migratoria en los EE.UU. que uno tenía primero que salir a su cita para pedir su visa migrante y que primero el oficial encontrara y pusiera su barrera de 10 años, antes de poder pedir un perdón y que ya se tenía que abogar el perdón desde el extranjero. Pero en este año, nos han comentado en las pláticas que los abogados hemos tenido con los gerentes en inmigración, que a más tardar en diciembre, el perdón se podrá solicitar de antemano dentro del país, antes de salir al extranjero. Y las nuevas prácticas del consulado se ven diseñadas para acomodar justamente el nuevo cambio—como las ramas de migración, quienes están ubicados adentro del país están agarrando más casos para revisar justamente estos perdones.
Lo importante para aquellos que están pensando (1) para elegir la acción diferida para los jóvenes si son elegibles, o más bien la residencia, y (2) ¿¿¿cuándo empiezo mi caso para arreglar a mi esposo—espero para que ya esté formalmente anunciada la nueva póliza de los perdones??? Y para contestarle...(1) la acción diferida no se garantiza que lo reciba, aún cumpliendo con los requisitos, nos ha dejado muy claro el servicio de inmigración y no es ninguna residencia y se puede revocar si gustan en cualquier momento. Así que, es de fundamental importancia que uno solicite la residencia permanente, que será camino a la ciudadanía de los EE.UU., a la primera oportunidad posible. Del punto (2), hay que presentar por lo menos su solicitud I-130 o petición familiar lo más pronto posible, ¡¡¡porque las filas se van a SATURAR en el momento en que se anuncie formalmente la póliza!!! Ahorita están durando seis meses en revisar y aprobar el I-130 y eso podría hasta triplicar, cuando esto se haga público.
Además, la nueva póliza sólo tiene que ver con la última etapa del proceso de la residencia por el consulado – no tiene nada que ver con la primera etapa, que igual se solicita y procesa adentro del país. Así que, ya es el momento de poner su ficha en el sistema y formarse en la fila, ¡porque las filas se van a duplicar en cuestión de semanas!